Convenios Especiales: La ruta desconocida para asegurar tu jubilación sin estar empleado

En el intrincado laberinto de la seguridad social y las pensiones, los Convenios Especiales emergen como una herramienta vital, aunque a menudo subestimada, para aquellos que buscan maneras de cotizar para la jubilación sin estar activamente empleados. Este mecanismo, ofrecido por la Seguridad Social, se convierte en un salvavidas para quienes, en las etapas previas a la jubilación, se encuentran en la encrucijada del desempleo y la necesidad de cotizar.

Navegando por los Convenios Especiales

Los Convenios Especiales con la Tesorería General de la Seguridad Social se erigen como un puente que permite a los individuos cotizar hacia su pensión de jubilación, incluso en ausencia de un contrato laboral activo. Este acuerdo, que requiere que el solicitante pague una cuota mensual al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), opera bajo un sistema que guarda similitudes con el régimen de los trabajadores autónomos.

Un Reloj de Tiempo Limitado

Es crucial destacar que la viabilidad de estos convenios no es infinita. Se extinguen bajo diversas circunstancias, como al encontrar un nuevo empleo, al alcanzar la edad ordinaria de jubilación, al acceder a una prestación por incapacidad permanente, o tras tres meses consecutivos de impago de la cuota correspondiente.

¿Quién Puede Acceder a Este Beneficio?

La elegibilidad para solicitar estos convenios no es universal y viene dictada por una serie de requisitos específicos. Primordialmente, es imperativo haber cotizado un mínimo de 1.080 días (aproximadamente tres años) en los 12 años anteriores a la solicitud del convenio.

Condiciones Adicionales para la Elegibilidad

Además, los solicitantes deben cumplir con al menos una de las siguientes condiciones adicionales:

  • No estar registrado en la Seguridad Social, ni como trabajador por cuenta ajena ni como autónomo.
  • Ser trabajador por cuenta ajena indefinido o por cuenta propia, y seguir dado de alta, teniendo 65 años o más y contando con al menos 35 años cotizados.
  • Ser una persona pluriempleada que ha finalizado uno de sus trabajos en el momento de la solicitud.
  • Haber sido contratado en un nuevo empleo con remuneraciones que generan una base de cotización inferior al trabajo anterior.
  • Ser pensionista con una incapacidad permanente total para su profesión habitual.
  • Haber agotado la prestación por desempleo o los subsidios correspondientes.

Proceso de Solicitud: Un Camino Hacia la Seguridad Financiera

Una vez que se encuentran en una de las situaciones previamente mencionadas, los individuos están en posición de solicitar el convenio especial para incrementar o alcanzar la pensión de jubilación deseada. Para ello, es necesario enviar el formulario TA-0040, accesible a través de los canales oficiales de la Seguridad Social.


La existencia de los Convenios Especiales demuestra que, incluso en las circunstancias de desempleo, hay rutas disponibles para asegurar una jubilación financiera más segura. Aunque el camino pueda parecer intrincado, las opciones están ahí, esperando ser exploradas y utilizadas para garantizar un futuro más estable y seguro para los trabajadores en todas las etapas de su carrera.

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