Teletrabajo: ¿Pueden los trabajadores deducir gastos de luz y gas?

El teletrabajo ha ganado protagonismo en tiempos de COVID-19, generando dudas sobre las deducciones fiscales

El teletrabajo ha experimentado un auge importante en los últimos años, especialmente a raíz de la pandemia de la COVID-19. La Ley del Teletrabajo, vigente en España desde octubre de 2020, ha generado interrogantes en relación a las deducciones fiscales de gastos como las facturas de luz y gas.

Según la Ley 10/2021, que regula el teletrabajo en España, los trabajadores por cuenta ajena no pueden deducir los gastos de suministros en la Declaración de la Renta. La ley establece que si un trabajador realiza más del 30% de su labor en casa, la empresa debe asumir los gastos correspondientes, incluyendo luz, gas, agua e internet, entre otros. Dado que los trabajadores no tienen que hacer frente a estos gastos, no pueden deducirlos en su declaración.

Deducción fiscal para teletrabajadores

Autónomos: sí pueden deducir gastos de suministros, pero con condiciones

Los autónomos, por otro lado, sí pueden deducir gastos de suministros en su Declaración de la Renta, siempre y cuando hayan comunicado a Hacienda su situación a través de la declaración censal (modelos 037 o 036). No obstante, esta deducción no es completa. La Asociación para el Progreso de la Dirección detalla que los autónomos pueden desgravar el 30% de los gastos de suministro sobre la parte proporcional de la vivienda destinada a la actividad.

El teletrabajo ha impactado significativamente en el mercado laboral en España. Alrededor del 14% de los ocupados de 16 a 74 años (aproximadamente 3,3 millones de personas) han afirmado haber teletrabajado en 2022. Estos trabajadores han generado gastos considerables derivados de los suministros, lo que resalta la importancia de conocer las disposiciones de la Agencia Tributaria y la Ley del Teletrabajo en relación a las deducciones fiscales.

Diferencias entre trabajadores por cuenta ajena y autónomos

Es fundamental tener en cuenta las diferencias entre trabajadores por cuenta ajena y autónomos respecto a las deducciones fiscales en el ámbito del teletrabajo. Mientras que los trabajadores por cuenta ajena no pueden deducir los gastos de suministros en la Declaración de la Renta, los autónomos sí tienen la posibilidad de hacerlo, siempre que cumplan con ciertas condiciones y requisitos.

El teletrabajo ha cambiado la forma en que muchas personas trabajan y ha generado gastos adicionales relacionados con el uso de suministros en el hogar. Conocer las normativas fiscales y cómo aplicarlas es necesario para el pago de deducciones fiscales. Así mismo cabe saber que para conseguir la deducción estos gastos deben estar justificados mediante facturas o recibos y registrados contablemente en los libros de gastos e inversiones.

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