Lo que debes saber del Modelo 720 para declarar bienes y derechos en el extranjero

Conocemos el documento informativo de Hacienda sobre cualquier contribuyente que tenga bienes o derechos en el extranjero

Cada día es más habitual encontrarnos en España con personas que, siendo residentes o no, cuentan con bienes y derechos en el extranjero. Es lo que tiene que ver con el a presentar para Hacienda, el Modelo 720, y que no siempre tenemos la certeza de rellenarlo de manera precisa.

La globalización, la cual afecta también en el ámbito económico y fiscal, hace que la Agencia Tributaria creara la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

La presentación del Modelo 720 varía asegún nuestras obligaciones

En resumidas cuentas, el Modelo 720 sobre la obligación de información sobre los bienes y derechos situados en el extranjero. Su presentación varía de alguna situaciones, como pueden ser un sobrepase de valor de 50.000€ a 31 de diciembre, o bien si el saldo medio del último trimestre del año supere los 50.000€ (solo para el efectivo).

En este sentido, el modelo a presentar en Hacienda incluye diferentes bienes y derechos de los que podemos tener un un uso de diferentes situaciones financieras. Entre ellas, las cuentas bancarias abiertas en el extranjero en las que seas titular, beneficiario, figures como autorizado o puedes acceder al dinero de alguna forma.

Modelo 720 bienes y derechos
Con este impuesto, Hacienda recauda información sobre los bienes y derechos que tiene el contribuyente y que estén ubicados en el extranjero

Este Modelo 720 tiene un régimen de obligaciones y sanciones mucho más estricto que el resto

Así como seguros de vida o invalidez en el extranjero de los que seas tomador y rentas vitalicias de las que seas beneficiario. Los inmuebles en el extranjero y los títulos, activos valores y en general cualquier inversión que tengas fuera de España también debes declararlos.

El plazo para la presentación de este Modelo 720 se mantiene desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo para notificar del año anterior. Es decir, para notificar lo de un año, tenemos desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del siguiente. Hay que tener mucho cuidado también con presentar la declaración del Modelo 720 fuera de plazo o con errores, ya que, tiene un régimen de obligaciones y sanciones mucho más estricto que para el resto de los impuestos informativos. En el caso de incumplir la obligación, la multa se fija en 5.000 euros por cada uno de los datos erróneos.

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