Banco Santander condenado por temeridad en gastos hipotecarios

La entidad bancaria ha vuelto a ser juzgada y ahora debe abonar una cantidad por un nulo préstamo hipotecario

Un nuevo caso de gastos hipotecarios afecta al Banco Santander, que ha sido condenado. Lo fue mediante el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de la ciudad de Girona. Allí han dictado una importante sentencia, tanto por lo juzgado como por lo referente a la imposición de costas a la parte demandada, Banco Santander.

Esto en un caso de gastos hipotecarios, al considerar que ha existido temeridad por parte de la entidad bancaria. La puesta en escena del Banco Santander pone de manifiesto que hay una «conducta de continua oposición a la nulidad de la cláusula de gastos y restitución de cantidades», se refieren.

Al Banco Santander le sale un nuevo caso en contra por gastos hipotecarios

«Lo único que consigue es colapsar los Juzgados”. En esta sentencia gerundense se solicitaba que se declarase nula la cláusula del contrato de préstamo hipotecario en la que se impuso al consumidor el pago de la totalidad de los gastos hipotecarios que hacen alusión.

Así como que el banco devolviera al cliente de esta entidad lo pagado de más (en función de lo ratificado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea). El juez del caso, por su parte, ha reiterado que el Banco Santander condenado está obligado a abonar al consumidor 930,75 € más intereses y, además, y lo más sustancial de la sentencia.

gastos hipotecarios
Los gastos hipotecarios afectan nuevamente al Banco Santander

Una vía judicial por gastos hipotecarios que podría haberse resuelto amistosamente

En lo que respecta al pago de las costas del procedimiento judicial, el Juez del Número 3 de Gerona considera que “la postura mantenida por la demandada, como es el Banco Santander, merece que sea declarada su expresa temeridad. La demandada mantiene una postura de oposición.

Todo ello nos lleva a la situación de que, formalmente, ha sido el Banco Santander condenado. Los cargos legales, por su parte, mantienen que esta sentencia con la jurisprudencia ya existente en relación a la nulidad de la cláusula de gastos hipotecarios, obligar a los consumidores a acudir a la vía judicial para solucionar un asunto que podría resolverse amistosamente.

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