Facua demanda a Yelmo por restringir la entrada de alimentos comprados fuera del cine

Facua lleva a Yelmo Cines a los tribunales por prácticas abusivas en la venta de alimentos y bebidas

Facua-Consumidores en Acción ha interpuesto una acción de cesación en los juzgados de primera instancia de Madrid contra Yelmo Cines por no permitir el acceso a sus salas con bebida y comida comprada fuera de sus establecimientos. La asociación considera que la cadena incurre en una cláusula abusiva que limita los derechos de los consumidores.

Según Facua, Yelmo Cines se ampara en un supuesto derecho de admisión que resulta contrario a la legislación. La asociación ha llevado estas prácticas a los tribunales ante la pasividad de las administraciones competentes en el ámbito local y autonómico y tras sucesivas denuncias presentadas contra Yelmo en los últimos años.

Interior cine Yelmo

Yelmo Cines, una de las principales cadenas de exhibición en España

Rubén Sánchez, portavoz de Facua, ha explicado que Yelmo Cines es una de las principales cadenas de exhibición del país y entiende que no permitir que los espectadores consuman alimentos o bebidas que no fueron comprados exclusivamente en las instalaciones del lugar es «una práctica contraria a la ley de defensa de los consumidores a nivel estatal y concretamente en la Comunidad de Madrid».

En su demanda, Facua sostiene que el servicio de ambigú no es la actividad esencial definitoria del cine, por lo que no puede ejercer ese derecho de admisión como si se tratase de un restaurante. La actividad de exhibición cinematográfica existe con independencia de que la empresa ofrezca un servicio de ambigú y, de hecho, no es necesario para realizar su actividad. Se trata, por lo tanto, de un servicio complementario.

Ley madrileña de espectáculos públicos y el derecho de admisión

La ley madrileña de espectáculos públicos establece que «el derecho de admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad». Facua defiende que el derecho de admisión previsto en la ley madrileña está expresamente diseñado para proteger a los consumidores y no para el uso indiscriminado e interesado de las empresas.

Facua argumenta que, al imponer a los consumidores que quieran comer o beber la compra de los productos en su propio establecimiento, Yelmo incurre en una práctica abusiva conforme a lo dispuesto en el artículo 89.4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. En él se define como abusiva «la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados».