El Supremo ratifica el derecho a baja por operación de miopía

El Tribunal Supremo de España ha establecido un precedente importante al confirmar que una funcionaria de Granada tiene derecho a recibir su baja laboral tras someterse a una cirugía de miopía en un centro privado. Esta decisión, que revierte fallos anteriores de instancias inferiores, redefine la comprensión de las cirugías refractivas láser, como la miopía, separándolas de las intervenciones estéticas y reconociéndolas como tratamientos médicos necesarios.

Un Caso de Justicia Social y Salud Ocular

Reconocimiento de la Miopía como Enfermedad

La Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica la miopía como una enfermedad, un punto crucial en este caso. La funcionaria, quien se operó para corregir su miopía y astigmatismo, enfrentó la negativa de su mutua a otorgarle la baja, alegando que era una operación «estética». Sin embargo, el Supremo ha reconocido que la necesidad de corregir una patología visual, como es el caso de la miopía, trasciende la mera estética.

Lucha Judicial por los Derechos del Trabajador

La funcionaria, respaldada por su abogado, Antonio Folgoso, llevó su caso a través de varias instancias judiciales. Tras la negativa del Juzgado de lo Social 3 de Granada y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el recurso de casación para unificar doctrina presentado ante el Tribunal Supremo finalmente ha marcado un hito en la jurisprudencia laboral y de salud en España.

Implicaciones de la Sentencia del Supremo

Un Cambio en la Interpretación de las Bajas Médicas

Esta sentencia del Supremo no solo beneficia a la trabajadora en cuestión, sino que sienta un precedente para futuros casos. Establece que las cirugías realizadas en clínicas privadas, aunque no estén incluidas en la cartera de servicios del sistema nacional de salud, pueden considerarse necesarias y no meramente estéticas. Este fallo abre la puerta a que otros trabajadores puedan reclamar bajas por intervenciones similares.

El Rol de la Sanidad Pública y Privada en Tratamientos Médicos

Este caso también pone de relieve el debate sobre el papel de la sanidad privada en el tratamiento de enfermedades no cubiertas por el sistema público. La decisión del Supremo apunta hacia una mayor flexibilidad y reconocimiento de las necesidades médicas individuales, independientemente del centro donde se realicen.

Conclusión: Un Avance en la Protección de los Derechos de los Pacientes

La decisión del Tribunal Supremo de España es un avance significativo en la protección de los derechos de los pacientes y trabajadores. Al reconocer la cirugía de miopía como un tratamiento médico necesario y no una mera elección estética, el Supremo no solo ha hecho justicia en el caso particular de esta funcionaria de Granada, sino que ha establecido un precedente que podría beneficiar a muchos otros en situaciones similares. Esta sentencia refuerza la idea de que la salud ocular y el acceso a tratamientos adecuados son aspectos fundamentales del bienestar de los individuos y deben ser reconocidos y respaldados por el sistema legal y laboral del país.

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