Llueven las sentencias en contra del Banco Santander por caso Popular

La entidad presidida por Ana Botín se vio obligada a devolver una sociedad accionista del Popular que invirtió en acciones

Los líos judiciales sacuden al Banco Santander. Porque la entidad que preside Ana Botín ha recibido en los últimos días un nuevo revés en los tribunales en relación con la compra de Banco Popular. Allí, los juzgados navarros, han condenado al banco a devolver a una sociedad accionista en Banco Popular los 31.554,72 euros que invirtió en acciones de la entidad.

Este hecho, que ocurrió en 2013, ha salido ahora favorable a una sociedad que ha hecho temblar los cimientos de la entidad financiera, la cual absorbió a Popular en septiembre del año 2018, cuando el Banco Santander hacía desaparecer a la entidad del Banco Popular tras 93 años de historia.

La sentencia da la razón al consumidor frente al Bnaco Santander

Esta nueva sentencia que da la razón al consumidor es de un juzgado de primera instancia de Pamplona, se decreta la nulidad absoluta de la compra, condenando al banco a la devolución de lo invertido en dichas acciones más los intereses legales generados.

La sentencia, además de producirse en plena pandemia, es reseñable porque la clienta de Popular tenía otras inversiones en acciones y fondos de inversión, pero el juzgado considera que eso no quiere decir que tuviera los conocimientos suficientes como para entender el producto, obligaciones subordinadas, que le fue vendido.

Banco Santander
A partir de esta sentencia del Banco Santander se crea un antes y un después en relación a la compra de acciones del Popular antes de 2016

Esto refuerza el caso para que cualquier inversor pueda reclamar

Esta sentencia, sin embargo, refuerza el caso para que cualquier inversor de la entidad pueda reclamar, con independencia de la fecha en que adquirió las acciones. «A partir de esta sentencia se crea un antes y un después en relación a la compra de acciones del Popular antes de 2016″, explican los abogados que defendieron la sociedad demandante.

En cuanto al Banco Santander, aquí el juzgador entiende que se produce un incumplimiento de la obligación de contratar con la información adecuada sobre cada una de las inversiones, de modo que la juez terminó subrayando que dado «el perfil ahorrador» de la clienta, «la demandada debió proporcionarle información precisa y determinada sobre la adquisición de los productos y de otros riesgos importantes que no se le trasmitieron en su contratación».

Ley Celaá

9 comentarios en «Llueven las sentencias en contra del Banco Santander por caso Popular»

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